
a) Principio de transparencia pública, en virtud del cual se ha de facilitar de oficio información permanente, objetiva y veraz sobre la organización, funcionamiento y control de la actuación pública, en los términos y con los límites establecidos en la ley.
b) Principio de libre acceso a la información pública, en virtud del cual cualquier persona puede solicitar el acceso a la información pública; toda la información pública es en principio accesible y el acceso solo puede restringirse en los supuestos previstos legalmente.
c) Principio de veracidad, en virtud del cual la información pública ha de ser cierta y exacta, asegurando que procede de documentos respecto de los que se ha verificado su autenticidad, fiabilidad, integridad, disponibilidad y cadena de custodia.
d) Principio de accesibilidad, en virtud del cual la información se proporcionará por medios o en formatos adecuados de manera que resulten accesibles y comprensibles, conforme al principio de accesibilidad universal y diseño para todos.
e) Principio de gratuidad, en virtud del cual el acceso a la información y las solicitudes de acceso serán gratuitos, sin perjuicio de las tasas previstas legalmente por la expedición de copias o la transposición de la información a formatos diferentes del original.
f) Principio de reutilización, en virtud del cual se promoverá que la información sea publicada en formatos que permitan su reutilización, de acuerdo con la legislación aplicable en materia de reutilización de la información del sector público.
La ley regula, además, las obligaciones de las entidades sujetas a la misma y los derechos y obligaciones de los ciudadanos en materia de transparencia.
También puede contactar con el Comisionado de Transparencia, o bien dirigir una reclamación en su apartado de reclamaciones.
Datos esenciales sobre la naturaleza jurídica, misión, funciones y estructura general de AvalCanarias como Sociedad de Garantía Recíproca, así como su marco de actuación dentro del sistema financiero y empresarial de Canarias.
Composición, responsabilidades y funcionamiento de los órganos de dirección, administración y control de la entidad, incluyendo Junta General, Consejo de Administración y Comisión Ejecutiva, conforme a la normativa vigente.
Documentación económico‑financiera de cada ejercicio, con estados auditados, informes de gestión y datos relevantes que permiten evaluar la actividad, solvencia y evolución de AvalCanarias de forma objetiva y verificable.
Relación detallada de contratos, convenios y acuerdos formalizados con administraciones públicas y entidades colaboradoras, incluyendo información sobre su finalidad, alcance y marco normativo aplicable.
Información anual sobre ayudas, subvenciones y apoyos públicos recibidos por AvalCanarias, indicando su origen, finalidad y vinculación con programas de impulso empresarial y financiación estratégica.
Espacio seguro y confidencial para comunicar consultas, incidencias o denuncias relacionadas con ética, integridad y cumplimiento normativo, garantizando la protección del informante y el tratamiento adecuado de cada caso.
(Fecha de actualización: 18 de junio de 2025 - Fecha de revisión: 21 de noviembre de 2025)
AvalCanarias cuenta con un Código Ético aprobado por el Consejo de Administración de la entidad en sesión del día 20 de diciembre de 2018, que recoge, entre otros aspectos, los principios éticos recogidos en el modelo de responsabilidad penal de la Sociedad, y a servir de guía para cualquier miembro de la organización de la empresa (consejo de administración, personal y asesores internos y/o externos) en el desarrollo de sus funciones y actividad.
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